II Aula Gabeiras del ciclo sobre empresas con propósito en España: vecinos a los que mirar, el reconocimiento jurídico de las B Corp en Italia y Francia.

II Aula Gabeiras del ciclo sobre empresas con propósito en España: vecinos a los que mirar, el reconocimiento jurídico de las B Corp en Italia y Francia.

Ponencias: Emiliano Giovine (abogado y profesor de la Università di Torino y Politecnico di Milano) y Facundo Etchebehere (vicepresidente global de Asuntos Públicos de Danone).

El Aula II de este Ciclo del Aula Gabeiras sobre la figura de las B Corp en España, quisimos aproximarnos a conocer las claves de dos casos de nuestro entorno cercano, Italia y Francia, donde recientemente se han aprobado sendas normas de reconocimiento de las empresas con propósito. Para ello, contamos con dos ponentes que han participado muy de cerca en cada uno de los procesos legislativos, de forma que pudieron acercarnos las claves del contexto y proceso que concluyeron con el éxito del proyecto en forma de legislación.

Se destacan a continuación, las principales conclusiones de la intervención de Emiliano Giovine sobre el caso italiano: 

  • Configuración de la norma. Tanto el concepto “societá benefit” como la norma que lo reconoce como una figura concreta y diferenciada de otro tipo de sociedades, se inspiran en las Benefit Corporation y la legislación americana. La Ley 208/2015, con pocos artículos y escaso detalle, es una norma “atípica” dentro del marco regulatorio italiano.

La norma las define como sociedades que, en el ejercicio de una actividad económica, además del objetivo de compartir beneficios económicos, persiguen uno o varios objetivos de beneficio común y operan de manera responsable, sostenible y transparente con respecto a las personas, las comunidades, los territorios y el medio ambiente, los bienes y actividades culturales y sociales, los organismos y asociaciones y otras partes.

El contexto en que esta iniciativa prospera es determinante si bien, como veremos, muy diferente del caso francés. Existía en ese momento una creciente escalada de los discursos populistas contra la llegada de refugiados al sur del país y un alto grado de descontento con el contexto político y económico. Todo ello permitió que se aprobara esta nueva ley de forma poco presente en el debate público, centrado en otras cuestiones y antes de cambios en el panorama político que seguramente hubieran dificultado el mismo resultado.

  • Actores clave. Es indudable el papel clave y compromiso a nivel político del principal impulsor de la ley, el senador Mauro del Barba (Partido Democrático). A él se suman, en el sector privado, el movimiento B Corp a través de su representante Nativa, destacada empresa del sector de consultoría. También destacó la contribución del think tank Social Impact Agenda per l’Italia que, a su vez, forma parte del Global Steering Group for Impact Investments.

 

  • Contenido de la norma. La norma no incorpora una nueva figura societaria, sino que permite que cualquier forma jurídica de empresa puede adquirir la calificación de societá benefit (SB), añadiéndolo al nombre de la sociedad. Requisitos:
  1. Incorporación en estatutos los fines de beneficio común en el objeto social;
  2. Los administradores tienen la obligación de mantener el equilibrio de los propósitos lucrativos y el beneficio común identificado, debiendo realizar un trabajo responsable, sostenible y transparente.
  3. Nombramiento de un gestor de impacto encargado de la estrategia para el beneficio común. Elaborará un informe anual con los resultados conseguidos, que debe adjuntarse a las cuentas anuales y publicarse en la página web de la sociedad.

a) Criterios para medir el impacto (flexibilidad anómala en su contexto jurídico): la norma no concreta de qué manera medir o                certificar, solo principios generales para medir el impacto.

b) áreas de evaluación de impacto: gobernanza interna, empleados, otros grupos de interés, medioambiente.

  1. El incumplimiento de los deberes de transparencia y/o evaluación de impacto supone sanción (Código de Consumidores) por publicidad engañosa, denunciable por cualquier consumidor. Se trata de un importante riesgo reputacional pero también concreto y con sanciones económicas muy elevadas.

 

  • Efectos de la aprobación. El primer año tras su aprobación, se convirtieron alrededor de 100 empresas, lo que no supone una gran repercusión; algunas de ellas estaban previamente certificadas como B Corp). Pero tras el reconocimiento de esta figura, se han sucedido dos nuevos empujes legislativos: Decreto Fiscal 2020 y Ley 77/2020, que reconocen incentivos adicionales. Así, en la actualidad hay más de 500 empresas consideradas societá benefit en Italia.

La observación de la evolución de las empresas que conforman la realidad de las societá benefit en Italia también muestra que el perfil ha evolucionado: al principio, se sumaron, principalmente PYMEs de carácter innovador y tecnológico o social; actualmente, empiezan a sumarse también grandes empresas cuyo poder de arrastre, además del impacto es también mayor.

  • Beneficios identificados de la incorporación del marco normativo específico:
  1. Potencial alto del reconocimiento de este tipo de sociedades
  2. Mayor visibilidad de este modelo empresarial de propósito que actúa como palanca para cambios en un entorno mayor (redes nacionales de apoyo y promoción, activismo empresarial)
  3. Lucha contra el impact-washing.

Sobre el caso francés, Facundo Echebehere apuntó interesantes puntos del proceso para la aprobación de la Loi Pacte de los que se destacan:

  • La demanda social multidimensional llevó a posicionamientos políticos y empresariales a favor en una secuencia regulatoria positiva y con debate público abierto (fases de consulta público-privada).
  • Actores clave. Este proceso contó con un importante liderazgo político que atrajo a distintas voces no necesariamente alineadas ideológicamente, aunque se destaca que el partido en el gobierno fue favorable desde el inicio. A nivel empresarial hubo también figuras que de manera individual promovieron ese nuevo rol empresarial.

No pueden perderse de vista los agentes más escépticos o detractores que, al inicio, fueron principalmente sindicatos (prioridad empresarial con los empleados) u ONGs (suspicacias de las posibilidades de “legalizar” el greenwashing).

  • La société à mission se inspira, al igual que en Italia, en la figura americana. Se trata de una empresa mercantil cuyo objetivo final (raison d’etre) internaliza cuestiones sociales y ambientales.

En vigor desde 2019, la Ley Pacte pretende que las empresas vayan más allá del objetivo de ser rentables teniendo en cuenta cuestiones sociales y ambientales, en clara sintonía con la demanda social respecto del papel del sector privado.

  • Configuración de la socièté à mission. Deberán constituir un organismo interno (comité de misión) específico responsable de supervisar la ejecución de esa misión, además de un tercero independiente que verificará la ejecución de los objetivos sociales y medioambientales.
  • Efectos de la aprobación. Esta ley, mucho más reciente que la italiana, ha dado lugar por el momento a que muchas empresas definan su razón de ser. 80 ya se declararon société à mission (9 de ellas, cotizadas).
  • Retos y oportunidades de la nueva norma.
  1. Demostrar que las empresas pueden generar impactos positivos reales y a largo plazo.
  2. Impulsar la confianza y credibilidad con los actores más escépticos que reclaman resultados inmediatos.
  3. Gestionar las nuevas tensiones económicas y sociales.
  4. Ser una oportunidad en términos ASG para los fondos de inversión: el aumento de la confianza en las empresas con estatus de société à mission.

Facundo destaca algunos puntos de aprendizaje del procedimiento francés que pueden ser lecciones valiosas en el caso español:

– Resulta esencial incorporar sistemas de control y gobernanza para garantizar el compromiso de la alta dirección y de representación en la toma de decisiones.

– Necesidad de crear un proceso participativo desde el principio, con todos los interesados y que permita:

– Diseñar estándares elevados orientados al resultado y que generarán confianza y credibilidad

– Incorporación, desde el inicio del rol de los agentes sociales que podrán actuar como catalizadores.

Estas son las principales conclusiones de los dos estudios de caso expuestos y que generaron, a continuación, un interesante debate entre los asistentes donde se pusieron de manifiesto muchas cuestiones de interés y cuyo análisis formará parte del estudio para el Libro Verde para las sociedades con propósito en España. Se destacan, sin embargo, algunas especialmente útiles a efectos de completar este resumen:

– La identificación de alianzas resulta una parte esencial del éxito de estas iniciativas;

– La responsabilidad de los administradores a los efectos del cumplimiento de los objetivos del propósito debe ser idéntica a la consecución de los objetivos económicos. Por tanto, deben tener las mismas características de medición y desempeño en uno y otro caso;

El contexto importa si bien las características del proceso legislativo pueden variar. Es conveniente analizar las ventajas e inconvenientes de cada nivel de debate y los agentes favorables y detractores en cada momento. Hemos visto dos procesos muy diferentes: el italiano más silencioso, con un recorrido mayor en el nivel político y empresarial; el francés con una base de debate social impulsora del propio proyecto;

– Resulta fundamental el reconocimiento de un modelo basado en el propósito, de forma que se legitime en sí mismo y que su propio recorrido redunde en el aumento de la confianza de la sociedad y del mercado. Ello no obsta que, con posterioridad, se planteen incentivos para ampliar su base e impacto.

– La referencia de ambas normas a objetivos sociales y medioambientales en paralelo a los económicos, no ignora los aspectos de gobernanza (integrando la referencia ASG), sino que estos se reflejan en las propias exigencias que la normativa impone a la configuración interna (responsabilidad de los administradores, rendición de cuentas, comités de propósito, medición de impacto…).

Nota final: ambos casos presentan una correcta integración entre el reconocimiento de las empresas con propósito en el marco jurídico con la existencia de la certificación B Corp. En ambos casos, además, la comunidad B, a través de B Lab y con el liderazgo de algunas empresas certificadas adicionalmente, han jugado un papel fundamental en el impulso de las iniciativas.

Emiliano indicaba que, incluso, en Italia se reconoce la posibilidad de conseguir la calificación como società benefit tras dos años de certificación como B Corp.

 

Por su parte, Facundo apuntaba en su exposición algunos elementos fundamentales

Como similitudes entre las características requeridas a la société à mission y las B Corp:

  1. a) Ambas requieren una raison d’etre
  2. b) Ambas incluyen un proceso de verificación independiente y transparente

– Cómo se complementan:

  1. a) La certificación B actúa como herramienta de medición y gestión del impacto que ayuda a las société à mission a cumplir y mejorar sus objetivos.
  2. b) La conversión en société à mission coloca a las empresas en un camino para el compromiso con un objetivo social y/o ambiental.